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6.2. Inspección de Trabajo y Seguridad Social

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el órgano de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en materia laboral, prevención de riesgos laborales y Seguridad Social. Del mismo modo asesora e informa a las empresas y trabajadores en dichas materias. Su regulación legal se encuentra en la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que recoge todos los aspectos relativos al funcionamiento de la Inspección de Trabajo. 

Sus competencias están recogidas en el art. 9 LPRL, y son las siguientes:

  • Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, proponiendo a la autoridad laboral la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción de la misma.
  • Asesorar e informar a empresas y trabajadores sobre la normativa cuya vigilancia tiene encomendada.
  • Elaborar informes para los Juzgados de lo Social, en procedimientos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Informar a la Autoridad Laboral sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales mortales, muy graves o graves,  y sobre los  que por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario.
  • Controlar el funcionamiento de los  Servicios de Prevención.
  • Ordenar la paralización inmediata de trabajos, en caso de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores.

Cómo denunciar ante la Inspección de Trabajo

Los trabajadores pueden denunciar a las empresas ante la Inspección de Trabajo cuando se esté incumpliendo gravemente la normativa vigente en materia de relaciones laborales. Para presentar una denuncia, el trabajador deberá rellenar y presentar un documento en el que consten de forma obligatoria:

  1. Nombre y datos del denunciante.
  2. Datos de la empresa denunciada.
  3. Relación de motivos y hechos en los que se fundamenta la demanda.

Pese a ser necesaria la identificación del demandante, la actuación del Inspector será completamente anónima sin que la empresa sepa en momento alguno cuál de los trabajadores realizó la denuncia. Así mismo cualquier ciudadano puede presentar ante la Inspección denuncia cuando tenga conocimiento del incumplimiento. Advierte de situaciones de peligro o menoscabo de derechos y libertades laborales y personales de los trabajadores.

Procedimiento de actuación
Presentada la denuncia por cualquiera de las vías contempladas (presencial ante las sedes provinciales de la Inspección de Trabajo; por correo ordinario o mediante sede electrónica) analizará las pretensiones alegadas por el trabajador dando lugar al inicio del procedimiento oportuno.

Analizadas las pretensiones se decretará la fecha de Inspección día en el cual el Inspector encargado del procedimiento realizará en la sede de la empresa denunciada las investigaciones pertinentes. Finalmente y aunque el denunciante no es considerado como parte en la fase de investigación, siempre se le informará por escrito del resultado de la actuación inspectora.

  Modelo de escrito de denuncia ante la Inspección de Trabajo

  Modelo de escrito de denuncia ante la Inspección de Trabajo

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