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4.4. Los convenios colectivos

Los convenios colectivos son normas que  tienen por finalidad regular  las condiciones de trabajo (horarios, jornada, salarios, categorías profesionales, etc.) de un determinado sector de la producción (Comercio, Metal, Construcción, etc.) o de una empresa en particular. Los convenios son negociados entre representantes de los trabajadores y de los empresarios de las empresas o sectores económicos afectados. Los convenios, en fin, deben respetar siempre los derechos mínimos establecidos por la ley, pudiendo mejorar las condiciones de trabajo, pero no establecer condiciones más restrictivas o peores para el interés de los trabajadores que las establecidas por la normativa general.

A partir de estas premisas, queda claro que en los convenios colectivos pueden y deben regularse cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Sin embargo, son pocos los Convenios Colectivos en los que se aprovecha dicha posibilidad. Por lo general, las referencias a la prevención recogidas en los convenios son escasas y, habitualmente, se limitan a ser  meras reiteraciones o repeticiones  de lo ya establecido con carácter general en la normativa vigente.

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