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4. Vigilancia de la salud de los trabajadores

La vigilancia de la salud de los trabajadores es una de las principales obligaciones del empresario en materia preventiva (art. 22 LPRL y art. 37.3 RSP). 

El incumplimiento por parte del empresario de sus obligaciones en materia de vigilancia de la salud, constituye infracción grave sancionable con multa de hasta 49.180 euros. (art. 12 y art.40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2.000, Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social -LISOS-).

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